Banner AEE

Historia

Escuela de Especialización y Perfeccionamiento de Oficiales

 

Escuela de Estado Mayor

 

El 9 de enero de 1.968 que a través de Resolución emitida por el Consejo Técnico de la Institución que se solicita al Comandante General, la organización de los cursos de promoción de las diferentes escalas de acuerdo con la facultad que le confería el artículo 60 de la Ley de Personal vigente a esa fecha. En acatamiento a esta Resolución que se publicó en la Orden General del 25 de enero del mismo año, se procede al nombramiento de profesores para la Escuela Superior, y de conformidad con las disposiciones contempladas en los artículos 60, 67, 68, y 84 de la Ley de Personal en vigencia; se convocaron a 4 Prefectos y 6 Subprefectos para que a partir del 29 de enero de 1.968, asistieron como alumnos de la Escuela Superior de Policía al curso de promoción por realizado en las instalaciones del Instituto Nacional de Policía con una duración de 6 meses. Esta I Promoción egresaría a finales del mes de julio de 1.968.

 

     Concluido el I Curso se suspendió la ejecución del II Curso en el Instituto Nacional de Policía, que se había iniciado el 1 de Octubre de 1.968 con 2 Prefectos y 15 Subprefectos y que contaba con el nombramiento de la plana docente correspondiente, por razones internas de la Institución; suspensión que se prolongó hasta el 21 de agosto de 1.972, fecha en la cual por Resolución del Consejo Superior se reactivó su funcionamiento de manera regular para los Cursos de Estado Mayor.

 

    A partir de 1.992 se traslada su dependencia a la Dirección Nacional de Educación, organismo creado en el mismo tiempo en sustitución del Instituto Nacional de Policía. Este cambio de dependencia coincide con la formulación del “Plan de Modernización de la Educación de la Escuela de Estado Mayor”, el mismo que con su proyección de diez años, marcó el inicio de una revolución educativa al interior de la misma y que, paulatinamente ha ido mejorando todo su proceso de formación tendiente a la formación de comandantes, asesores y administradores institucionales; este plan fue liderado y ejecutado por los asesores policiales y académicos de esa fecha, el señor General de Policía Mario Chaves Gallardo y la señora Doctora Grecia Vascones.

 

    Consciente de su rol, la Escuela de Estado Mayor asumiendo las políticas dictadas por el Alto Mando Institucional en lo relacionado a incorporar dentro de sus planificaciones las demandas y requerimientos sociales, permanentemente se encuentra actualizando el perfil de sus egresados, dando preeminencia al respeto irrestricto a los derechos y libertades individuales, como uno de los ejes integradores de la actividad policial.

 

     En este proceso de acercamiento a la comunidad, la Escuela de Estado Mayor ha generado alianzas estratégicas con diferentes centros de postgrado que no sólo han afianzado las nuevas corrientes de pensamiento en áreas como la administración, la seguridad, la calidad total y los procesos de aprendizaje; sino que han contribuido a la incorporación del punto de vista analítico y crítico de la sociedad ecuatoriana hacia la Policía Nacional, coadyuvando de esta manera al mejoramiento del trabajo de quienes serán los Directores de las diferentes dependencias policiales. Centros de educación superior como la Escuela Politécnica del Ejército, la Universidad San Francisco de Quito, la Universidad Central del Ecuador, la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, la Facultad Latinoamericana de Estudios Sociales y el Instituto de Altos Estudios Nacionales; han sido colaboradores directores de la formación académica tendiente a lograr un mejor perfil del Oficial egresado de Estado Mayor, para el servicio de la sociedad.

 

     De igual manera y con un afán de continuar mejorando la formación que se realizaba, a partir del año 2007 bajo la dirección del señor Coronel de Policía de EM Nelson Argüello Rodríguez, se incorpora dentro del plan de estudios la georeferenciación del delito, como una parte consustancial a la Planificación Operativa Policial, la misma que permitió incorporar al trabajo policial, la noción de indicadores, a partir de los cuales se podía evaluar el impacto de las diferentes estrategias operativas que se implementaban en función de los índices delincuenciales; siendo el señor Teniente Coronel de Policía de EM Juan Carlos Rueda, el docente que por primera ocasión implementaría esta innovación académico-operativa que, posteriormente con Resolución No. 2010-049-CsG-PN sería incorporada en el Reglamento de la Escuela de Estado Mayor. De igual manera es a partir de este año que se incorporan los conceptos de seguridad ciudadana, seguridad integral, seguridad humana, entre otros; convirtiéndose esta incorporación en el primer hito para que la institución policial se aleje de manera progresiva de la doctrina militarizada. Tan fecundo sería este trabajo que se convirtió en la antesala para la incorporación en la Carta Magna del 2.008 que la Policía Nacional era una institución de protección de los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos”.

 

     Posteriormente se continúa realizando innovaciones académicas, con el trabajo conjunto del Consejo Académico y bajo el liderazgo del señor Teniente Coronel de Policía de EM Manuel Redrobán Noboa, a partir del año 2010 se da un nuevo enfoque a la malla curricular, dando un mayor enfoque de civilidad, consolidando los aspectos garantistas; de respeto, promoción y defensa de los derechos humanos; conjuntamente con aquellos relacionados con procesos de rendición de cuentas, a través de la evaluación por indicadores definidos previamente, de tal forma que quienes serán los futuros directores incorporan en su quehacer profesional, los procesos de rendición de cuentas.

 

     Es en el año 2.018 con la vigencia del “Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Pública” que se desarrolla por primera vez el curso de ascenso del grado de Mayor a Teniente Coronel, conforme con las disposiciones constantes en el numeral 4 del artículo 94 de dicha norma.

 

     De forma paralela y ante el incremento de servidores policiales directivos acorde con las necesidades institucionales para satisfacer los requerimientos de seguridad de la sociedad, la Escuela de Especialización y Perfeccionamiento de Oficiales debió desarrollar todo un trabajo de actualización que le permita implementar una propuesta educativa bajo las modalidades a distancia y en línea, con apoyo de la plataforma virtual, lo que le permitiría satisfacer los requerimientos de capacitación de los oficiales que son a quienes les corresponde asumir el liderazgo de la Policía Nacional del Ecuador.

 

     A la fecha y hoy que se está creando la “Academia de Estudios Estratégicos” los nuevos retos se relacionan no sólo con el mejoramiento continuo y permanente de los procesos educativos, sino también con la unificación de las directrices para la ejecución de los cursos de ascenso, toda vez que la “Escuela de Estado Mayor” y la “Escuela de Especialización y Perfeccionamiento de Oficiales” funcionaban con diferentes criterios de planificación, ejecución y evaluación.

 

     Igualmente esta fusión implicará un reajuste a nivel administrativo, financiero, orgánico y de infraestructura, de tal manera que se pueda implementar todo el nuevo marco normativo vigente en aras de garantizar mejores programas de formación y capacitación acordes con las disposiciones del sistema de educación superior ecuatoriano; y, con la finalidad de ofrecer un mejor servicio a la comunidad.

 

Base Legal

La creación de la Escuela de Estado Mayor y la Escuela de Perfeccionamiento y Especialización para Oficiales se encuentra establecida en la “ Ley Orgánica de la Policía Nacional”, expendida el 9 de Noviembre de 1.964 y publicada en el Registro Oficial No. 387 del 3 de diciembre de 1964; en el título VII DE LOS INSTITUTOS DE FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO POLICIAL, el artículo 43 señala que: “La preparación y perfeccionamiento profesional de los miembros de la Policía Nacional se realizará en: a) La Escuela Superior; b) La Escuela de Perfeccionamiento y Especialización de Oficiales para Oficiales; c) La Escuela de Perfeccionamiento y Especialización para la Tropa; y, d) Las Escuelas de Formación para la Tropa”.

 

   Respecto a la Escuela de Estado Mayor identificó a esa fecha como: “Escuela Superior” el artículo 44 de la Ley en referencia establece que: “La Escuela Superior tiene la misión de preparar a los Oficiales Superiores para el mando de las Unidades de Policías y para el asesoramiento de la conducción de la Institución”.

 

   En lo referente a la Escuela de Perfeccionamiento y Especialización para Oficiales en el artículo 45 se señala que “tiene la misión de capacitar a los Oficiales Inferiores para el desempeño eficiente en las funciones policiales que corresponden a su jerarquía, y prepararles para su desempeño en los grados inmediatos superiores”.

 

   Además, la misma Ley señala en el artículo 49: “Los reglamentos y planos de estudio de los Institutos de Formación y Perfeccionamiento de la Policía Nacional serán elaborados por el Consejo Técnico y aprobados por el Comandante General” , sin embargo, y, por diferentes razones de carácter interno, los mandos de la Institución, no proceden en forma inmediata a la creación de las escuelas, situación que se prolonga aproximadamente por cuatro años.

 

   Posteriormente se amplía la nueva “Ley Orgánica de la Policía Nacional” dictada por Decreto Supremo No. 189, publicado en Registro Oficial 757 de 7 de marzo de 1975, que en su artículo 38 habla “De la Escuela de Estado Mayor.- La Escuela de Estado Mayor de Policía es la encargada de la capacitación de los Oficiales para el cumplimiento de las funciones del comando y asesoramiento superior y estará dirigida por un Oficial Superior de Línea de la Policía Nacional en servicio activo, graduado en este Instituto. subordinado para todos los multas al Estado Mayor de la Policía Nacional” . En relación a las demás escuelas en la misma ley, en el artículo 40 señala: “Del Instituto Nacional de Policía.- El Instituto Nacional de Policía es el encargado de la formación y especialización profesional de los miembros de la Policía Nacional.- Para el cumplimiento de sus multas específicas se contarán con las siguientes Escuelas: a) De Especialización de Oficiales; b) De Formación de Oficiales; c) De Formación y Especialización de Tropa; d) Otras que se crearen. El Instituto Nacional de Policía se subordinará para todos los multas a la Dirección General de Personal de la Policía Nacional”.

 

   Con Acuerdo Ministerial publicado en el Registro Oficial No. 803 del 30 de marzo de 1979 se aprueba el “Reglamento de la Escuela de Estado Mayor” que en su artículo 1 dispone “El presente reglamento tiene por finalidad regular el funcionamiento de la Escuela de Estado Mayor; propendiendo a la capacitación de los Oficiales Superiores de Línea y de Servicios para el cumplimiento de las funciones de comando y asesoramiento superior, de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes”. El “Reglamento de la Escuela de Especialización y Perfeccionamiento” en el artículo 2 señala “Son objetivos básicos de la Escuela: 1) Promover en los alumnos una conciencia cívica y profesional, acorde con las funciones que han de desempeñar en la sociedad y particularmente inculcar un respeto acendrado y consciente a las libertades y derechos individuales. 2) Especializar a los Oficiales subalternos en las áreas básicas de los servicios policiales (curso de Tenientes). 3) Capacitar y perfeccionar en la organización, administración y supervisión de los servicios policiales (curso de Capitanes). 4) Preparar para el Comando de Unidades de los inmediatos grados superiores 5) Capacitar para integrar planos mayores y, 7) Mantener un sistema de selección como instrumento básico de superación constante en los mandos subalternos y medios de la Institución”.

 

   Es en 1998 con la promulgación de la nueva “Ley Orgánica de la Policía Nacional” publicada en el Registro Oficial No. 368 del 24 de julio de 1998 que se crea una instancia educativa: Art. 62. A la Dirección Nacional de Educación, le corresponde planificar, dirigir, establecer normas, supervisar y evaluar los programas de formación, capacitación, perfeccionamiento y especialización, bajo un esquema humanístico, científico y tecnológico, de tal manera que se orienta al cumplimiento eficiente de las multas institucionales, dentro de un proceso permanente de perfeccionamiento y actualización de conocimientos. Esta misión la cumplirá a través de la estructura que conforma el Sistema Educativo de la Policía Nacional ”; para lo cual todas las escuelas y dependencias educativas, pasan a pertenecer a esta nueva dirección, señalando en su reglamento de aplicación Art. 64.- Corresponde al Director Nacional de Educación asesorar al Comandante General en lo relativo a la definición de políticas, planes y programas de capacitación, perfeccionamiento y especialización del personal .

 

   En el año 2019 se aprueba el “Estatuto Orgánico de gestión organizacional por procesos de la Policía Nacional” publicado en el Registro Oficial No. 911 del 14 de mayo de 2019, en el que se crea la Academia de Estudios Estratégicos la que de acuerdo al artículo 65 tiene como misión “Planificar, coordinar, supervisar y evaluar los procesos de formación y educación continua de los servidores policiales directivos, nacionales y extranjeros, que desempeñarán funciones directivas en la Policía Nacional”.

 

   Actualmente y con la vigencia del “Reglamento de Carrera Profesional para las y los servidores policiales” aprobado con Acuerdo Ministerial No. 556 del 13 de noviembre del 2020, en el artículo 42 se señala La Academia de Estudios Estratégicos es parte del sistema educativo policial, depende orgánicamente de la Dirección Nacional de Educación y es responsable de la planificación y ejecución de los programas de educación continua avanzada de las y los servidores policiales directivos con el aval académico de una institución de educación superior”, para lo cual y acorde con la Disposición Transitoria Segunda para el Título I Formación, capacitación y especialización, “La Dirección Nacional de Educación de la Policía Nacional en el plazo de seis meses a partir de la vigencia de este Reglamento fusionará a la Escuela de Estado Mayor ya la Escuela de Especialización y Perfeccionamiento de Oficiales para implementar la Academia de Estudios Estratégicos y el Centro de Capacitación de la Policía Nacional” , se está implementando el proceso de fusión en los ámbitos académico, administrativo, operativo y financiero.